Pregunta médica

¿Qué protección y ayuda se ofrece a las víctimas de la violencia?

Preguntado por mujer de 23 años

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Nuestro profesional de la salud responde

De forma general, la Organización Mundial de la salud define violencia como el uso intencionado de la fuerza (física o psicológica en forma de amenaza) contra una persona o un grupo con alta probabilidad de desarrollar traumatismos o la muerte. Siendo así, pueden existir múltiples formas de violencia (de género, conflicto armado, escolar, etc), de las cuales la mayoría se encuentran en ascenso en nuestra sociedad y en general a nivel global; por esto es imprescindible que nos indique al tipo de violencia que se refiere, ya que los canales de atención y las medidas para disminuirlas, pueden cambiar radicalmente dependiendo de esto.


A continuación, voy a enunciarle las vías de atención y los principales hitos para cada una de las principales formas de violencia:


  1. Violencia de género:
  • Colombia, miembro de la ONU y de la OEA, se ha suscrito a múltiples instrumentos, tratados y convenios internacionales con el fin de discutir y frenar la violencia de género, tales como la "Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belem do Para”, "Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer" y el "Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional". Así mismo, cuenta con un amplio marco legislativo con el fin de hacer cumplir y sancionar a los infractores o aquellos que incurran en violencia de género, siendo las más actuales y representativas la Ley 1719 de 2014, que trata de garantizar el acceso a la justicia a las víctimas de violencia sexual, la Ley 1761 de 2015 donde se instaura el feminicidio como delito autónomo y la Ley 1773 de 2016 que establece lesiones con agentes químicos como delito autónomo (además de varios decretos y resoluciones que puede consultar en www.minsalud.gov.co. En caso de que sea víctima o conozca a una persona en esta situación, sus derechos son:
  • Ser tratados con dignidad, privacidad y respeto.
  • Recibir atención médica en urgencias de cualquier clínica u hospital. Esta incluye, lo necesario para atender los traumatismos físicos derivados de la agresión, atención y soporte emocional, medicamentos para evitar la transmisión de infecciones de transmisión sexual, anticoncepción de emergencia, toma de muestras como evidencias y orientación para la terminación voluntaria del embarazo si así lo desea.
  • Ser informados acerca de los procedimientos legales.
  • Ser informados sobre los servicios disponibles para atender las necesidades.
  • Acceso a orientación y servicio de consejería para la víctima y la familia.
  • Al restablecimiento de los derechos y a la no repetición de los hechos.
  • En caso de ser víctima o conocer alguien en situación de violencia de género o sexual, puede acudir a los siguientes centros o aparatos gubernamentales para poner el caso en conocimiento e iniciar con el restablecimiento de sus derechos:
  • Para los servicios de salud: Cualquier centro de salud, clínica u hospital
  • Para los servicios de protección: Comisaría de Familia o Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (en caso de un menor de 18 años)
  • Para los servicios de justicia: Fiscalía, Policía Judicial, Unidades de Respuesta Inmediata (URI), Cuerpo Técnico de investigación (CTI) o la estación de Policía más Cercana.


Recuerde que el estado brinda todos estos mecanismo para su atención inmediata y penalizar este repugnable acto.


2.Conflicto Armado

  • La formas de violencia asociadas al conflicto armado son múltiples e involucran todo el espectro de la palabra; por esto, el gobierno nacional ha creado múltiples canales de atención a la víctimas para su comunicación e información, guía y asesoría respecto a los procedimientos a realizar (que pueden variar de acuerdo a cada caso, como restitución de tierras, reubicación, indemnización, etc). Los principales canales de atención son:
  • Línea nacional gratuita 018000-911119
  • En Bogotá 4261111
  • Correo Electrónico: unidadenlinea@unidadvictimas.gov.co
  • Mensaje de Texto: Al 87305 (máximo 8 mensajes al día y no requiere de tener plan de celular o minutos)
  • Chat en Línea: www.unidadvictimas.gov.co (Link Chat en línea)
  • Videollamada: www.unidadvictimas.gov.co

3.Violencia Escolar


  • La forma de reconocer el Bullying o matoneo según el ICBF es identificando en el menor:
  • Tristeza
  • Irritabilidad
  • Ansiedad
  • Dificultad para hablar en público
  • Aislamiento
  • Falta de sueño
  • Malas calificaciones
  • Excusas para no ir al Colegio
  • Cambio en el apetito o disminución de peso
  • Hematomas o heridas en el cuerpo
  • En caso de reconocerlas, es necesario notificar en primera instancia al comité de convivencia de la institución, los cuales están en la obligación de: Evaluar el impacto del acoso, activar el sistema nacional de Bienestar Familiar, valoración y juicio y seguimiento del caso.


Espero haberle orientado. En caso de preguntas adicionales sobre éste u otros temas, estaremos siempre dispuestos a ayudarle.

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