PROCEDIMIENTO

Aborto Legal

Descripción

El aborto legal corresponde a un procedimiento medico que busca la interrupción voluntaria del embarazo. En aquellos países donde este procedimiento es considerado legal es un método seguro y con pocas complicaciones a la vida de la mujer siempre que sea realizado por profesionales médicos entrenados.

En Colombia se consideraría un aborto legal en los siguientes casos:

  1. Cuando la continuación del embarazo interfiera con un peligro en la vida o la salud física o mental de la mujer, certificada por un Médico.
  2. Cuando existan malformaciones graves en el feto que haga su vida inviable, certificada por un Médico.
  3. Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta denunciada, debida de un acceso carnal o un acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de un óvulo fecundado de manera no consentida, o por causa de incesto.

Fuera de las causas despenalizadas la mujer que cause su aborto o permitiese que otro se lo cause, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años. A la misma sanción estará sujeto quien, con el consentimiento de la mujer, realice la conducta prevista en el inciso anterior.

En México el aborto de manera inducida se considera legal en casos de violación sexual en todos los estados, excepto en Guanajuato, Guerrero y Querétaro, Se permite cuando hay riesgo en la salud de la mujer y para su vida. Algunos estados incluyen el aborto legal cuando se demuestren malformaciones fetales graves.

A su vez, Yucatán considera que es legal cuando la mujer ya ha tenido tres o más hijos. En la Ciudad de México actualmente está despenalizado hasta las doce (12) semanas de embarazo.

En Argentina el aborto inducido se considera al día de hoy un delito actualmente descrito en el código penal.

Será reprimido con:

  • Reclusión o prisión de tres a diez años, si la obra es sin consentimiento de la mujer. Extendiéndose hasta los quince años, si ocasionara la muerte de la mujer.
  • Reclusión o prisión de uno a cuatro años, si la obra es con consentimiento de la mujer.

El máximo de la pena se elevará a seis años, si el hecho es seguido de la muerte de la mujer.

A su vez, sufrirán inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena , los médicos , cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusen de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperen en causarlo.

Por otra parte, no serán castigados:

1.   Si se realiza con el fin de evitar un peligro en la vida o la salud de la madre, y si este peligro no se puede evitar por otros medios.

2.   Si el embarazo es causa de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento deberá ser requerido por un representante legal para el aborto.

En caso de provocar un aborto con violencia sin haber tenido e propósito de causarlo, será reprimido con prisión de seis meses a dos años.

Y por último, será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que cause su propio aborto, o que de el consentimiento para que otra persona lo cause. La tentativa no es merecimiento de castigo.

En Perú, se habla del aborto en el Código Penal Peruano, en especial en los artículos 114 al 120, en el que considera.

  • Artículo 114 (Autoaborto): Toda mujer que cause su aborto, o de consentimiento que otro le practique, será reprimido con pena de privación de la libertad no mayor de dos años o con la realización de servicio comunitario de de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas.
  • Articulo 115 (Aborto consentido): El que cause el aborto con el consentimiento de la gestante, será reprimido con privación de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
  • Artículo 116 (Aborto sin consentimiento): El que realice un aborto a una mujer sin su consentimiento, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de cinco años. Si ocurre la muerte de la mujer y el agente pudo prever el resultado, la pena será no menor de cinco ni mayor de diez años.
  • Artículo 117 (Agravación de la pena por la calidad del sujeto): El médico, obstetra, farmacéutico, o cualquier profesional sanitario, que abuse de su ciencia o arte para causar el aborto, será reprimido con la pena que indican los artículos 115 y 116 además de la inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 4 y 8.
  • Artículo 118 (Aborto preterintencional): El que, con violencia, ocasione un aborto, sin haber tenido la intención de causarlo, siendo notorio o constándole el embarazo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años, o con prestación de servicio comunitario de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas.
  • Artículo 119 (Aborto terapéutico): No es castigable el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la gestante o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvarle la vida o para evitar en su salud un mal grave y permanente.
  • Artículo 120 (Aborto sentimental y eugenésico): El aborto será reprimido con pena de privación de la libertad no mayor a tres meses: 1. Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera de matrimonio o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera de matrimonio, siempre que los hechos hubieren sido denunciados o investigados. 2. Cuando es probable probable que el ser en formación conlleve al nacimiento graves taras físicas o psíquicas, siempre que exista un diagnóstico médico.

¿Cómo se hace?

El procedimiento de aborto legal puede ser realizado por diferentes métodos como:

  1. Aborto con medicamentos.
  2. Aborto quirúrgico.
  3. AMEU (aspiración uterina).

La selección del método dependerá de las semanas de gestación del embarazo, edad de la mujer y sus antecedentes personales.

Preparación

Antes un aborto legal es muy importante que se haya realizado una valoración médica completa, que se informe la mujer las posibles complicaciones del procedimiento.

Adicionalmente es necesario establecer la edad gestacional por medio de una ecografía obstetrica, prueba de embarazo cuantitativo y/o fecha de la última menstruación. Lo anterior permitirá establecer el método más adecuado para realizar el aborto inducido.

Además deben realizarse estudios o pruebas antes del procedimento como:

  • Cuadro hemático
  • Clasificación Rh y ABO
  • Pruebas de coagulación

Antes del procedimiento se realiza profilaxis con antibióticos para evitar posibles complicaciones derivadas de infecciones. La mujer debe acudir en ayunas de entre 8 a 12 horas antes del procedimiento.

El tipo de anestesia utilizada durante este procedimiento puede ser local o general.

¿Qué se siente durante el procedimiento?

Los que la paciente sienta varía dependiendo del tipo de anestesia utilizada durante el procedimiento. En el caso de la anestesia local es posible que la paciente experimente la sensación de presión, mientras que durante la anestesia general la paciente no sentirá ningún tipo de sensación durante el procedimiento.

¿Qué esperar después del procedimiento?

Posterior al procedimiento la paciente puede sentir náuseas, leve dolor abdominal y sangrado vaginal escaso.

Recibe la mejor orientación médica.

Dra. Lina Elizabeth Porras Santana
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Referencias

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