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Aunque este tema todavía genera algunas diferencias en la sociedad, desde el año 2006 en Colombia este procedimiento se puede practicar legalmente, antes de la semana 20 de gestación.
Solo bajo tres circunstancias la ley colombiana permite que un embarazo sea interrumpido de manera legal.
Solo atendiendo a estas condiciones las mujeres pueden solicitar a sus EPS o en Profamilia la interrupción voluntaria de su embarazo. Sin embargo, señala Felipe Montoya Ríos, médico general del grupo EMI, que a la hora de acceder a este procedimiento es necesario conocer los riesgos y precauciones que deben tomarse antes de hacerlo. Explica además, que existen dos tipos de aborto, “el espontáneo, que le puede ocurrir a cualquier mamá que ama su gestación y está el aborto inducido o provocado. En cualquiera de las dos situaciones es fundamental la educación sexual, el manejo de la anticoncepción, los estilos de vida saludable y la responsabilidad, la madurez frente a este tipo de situaciones para saber qué es lo que puede ocurrir”.
¿Qué puede provocar el aborto espontáneo?
En este caso hay ciertos factores con los que es necesario tener especial cuidado. Entre ellos, evitar los traumas, los golpes, las madres deben cuidar sus movimientos, no realizar esfuerzos o ejercicios de alto impacto para prevenir el desprendimiento de la placenta. “Otras son situaciones de origen endocrino, en esos casos es necesario evaluar qué tipo de enfermedades puede tener la mamá: diabetes o hipertiroidismo, por ejemplo. También deben analizarse alteraciones sanguíneas que aunque son muy escasas pueden generar alteración en la gestación, además de las infecciones. Otras razones serían anomalías de tipo anatómico, el consumo de ciertos medicamentos y la exposición a radiaciones o químicos”, explica Montoya Ríos.
Cuidado con la práctica ilegal
Al ser clandestino los riesgos son severos y pueden terminar en la muerte. ¿La razón? Las condiciones de salubridad, el personal y los materiales usados no son los adecuados, por lo tanto, las consecuencias de someterse a uno de ellos pueden ser irreversibles.
Entre los riesgos de este procedimiento se cuentan:
Mitos y realidades
Respecto al aborto, Profamilia aclara algunos de ellos.
¿Las mujeres quedan infértiles después de un aborto? Falso. Los procedimientos legales de interrupción del embarazo son seguros y eficientes. Si se hacen de la forma adecuada en una institución responsable y de calidad, la mujer conserva sus órganos reproductivos en perfecto estado.
¿Las adolescentes no tienen derecho a solicitar un aborto?
No es cierto. Cualquier mujer menor de edad puede acudir al sistema de salud y hacer efectivo su derecho al servicio de interrupción del embarazo sin que le pongan obstáculos. Las mujeres menores de 14 años requieren del acompañamiento de un adulto responsable.
¿Las mujeres con discapacidades no pueden abortar?
Falso. Las mujeres con discapacidad física y psicológica también tienen derecho a la interrupción. Requieren del acompañamiento de un adulto responsable.
¿El feto sufre durante la terminación del embarazo?
La interrupción del embarazo se hace cuando el feto todavía está en formación, por lo que no hay sufrimiento humano como lo conocemos.
¿Hay un límite de semanas de gestación para poder abortar o interrumpir el embarazo?
No existe un límite de tiempo. Sin embargo, luego de las 12 semanas de gestación, baja su nivel de seguridad de 99,5% a 99%. Por tanto, es mejor practicar el aborto en las etapas más tempranas de la gestación.
¿La anticoncepción de emergencia es un método abortivo?
No. El anticonceptivo de emergencia, también conocido como Píldora del día después, no es un método de planificación familiar, es un método anticonceptivo que se usa dentro de las 72 horas siguientes a una relación sexual sin protección, para evitar un embarazo no deseado. Actúa antes de que se produzca la fecundación, si el óvulo ya ha sido fecundado, la anticoncepción de emergencia no es efectiva, pues no es abortiva.