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Las verdades sobre el aborto

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Las verdades del aborto

Aunque este tema todavía genera algunas diferencias en la sociedad, desde el año 2006 en Colombia este procedimiento se puede practicar legalmente, antes de la semana 20 de gestación.

Solo bajo tres circunstancias la ley colombiana permite que un embarazo sea interrumpido de manera legal.

  1. Cuando el embarazo sea producto de una violación.
  2. Cuando hay malformación del feto y hace inviable su vida fuera del útero.
  3. Cuando hay un riesgo inminente para la vida de la mamá.

Solo atendiendo a estas condiciones las mujeres pueden solicitar a sus EPS o en Profamilia la interrupción voluntaria de su embarazo. Sin embargo, señala Felipe Montoya Ríos, médico general del grupo EMI, que a la hora de acceder a este procedimiento es necesario conocer los riesgos y precauciones que deben tomarse antes de hacerlo. Explica además, que existen dos tipos de aborto, “el espontáneo, que le puede ocurrir a cualquier mamá que ama su gestación y está el aborto inducido o provocado. En cualquiera de las dos situaciones es fundamental la educación sexual, el manejo de la anticoncepción, los estilos de vida saludable y la responsabilidad, la madurez frente a este tipo de situaciones para saber qué es lo que puede ocurrir”.

¿Qué puede provocar el aborto espontáneo?

En este caso hay ciertos factores con los que es necesario tener especial cuidado. Entre ellos, evitar los traumas, los golpes, las madres deben cuidar sus movimientos, no realizar esfuerzos o ejercicios de alto impacto para prevenir el desprendimiento de la placenta. “Otras son situaciones de origen endocrino, en esos casos es necesario evaluar qué tipo de enfermedades puede tener la mamá: diabetes o hipertiroidismo, por ejemplo. También deben analizarse alteraciones sanguíneas que aunque son muy escasas pueden generar alteración en la gestación, además de las infecciones. Otras razones serían anomalías de tipo anatómico, el consumo de ciertos medicamentos y la exposición a radiaciones o químicos”, explica Montoya Ríos.

Cuidado con la práctica ilegal

Al ser clandestino los riesgos son severos y pueden terminar en la muerte. ¿La razón? Las condiciones de salubridad, el personal y los materiales usados no son los adecuados, por lo tanto, las consecuencias de someterse a uno de ellos pueden ser irreversibles.

Entre los riesgos de este procedimiento se cuentan:

  1. Grandes infecciones.
  2. Hemorragia intensa.
  3. Perforación del útero. “Si hay perforación uterina, la madre puede morir porque se rompe el músculo en la cavidad pélvica y todo ese sangrado se va al abdomen, lo que conlleva a una hemorragia masiva y puede morir la mujer”, explica Montoya.
  4. Tromboembolismo pulmonar.
  5. Endometritis es decir, la infección generalizada del útero, las trompas de falopio y los ovarios.
  6. “Se puede generar presencia de cuerpos extraños dentro del abdomen al ser prácticas clínicas no adecuadas, y al no tener imagenología para saber si el procedimiento tuvo o no complicaciones. Adicionalmente, es posible que esos cuerpos extraños se queden dentro del útero o pasen la cabidad abdominal, eso se infecta y son pacientes que terminan en peritonitis, que de no detectarse a tiempo puede llevar a la muerte”, señala Montoya.
  7. Dificultades de fecundación. Esto ocurre en abortadoras habituales que pueden alterar la capacidad para que el huevo se fecunde bien dentro del útero y no se expulse por tanta manipulación.
  8. Incompetencia cervical, lo que significa que el cuello uterino no sostiene la gestación.
  9. Embarazos ectópicos. Es una gestación que ocurre por fuera del útero y es una condición que puede ser mortal para la madre.

Mitos y realidades

Respecto al aborto, Profamilia aclara algunos de ellos.

¿Las mujeres quedan infértiles después de un aborto? Falso. Los procedimientos legales de interrupción del embarazo son seguros y eficientes. Si se hacen de la forma adecuada en una institución responsable y de calidad, la mujer conserva sus órganos reproductivos en perfecto estado.

¿Las adolescentes no tienen derecho a solicitar un aborto?

No es cierto. Cualquier mujer menor de edad puede acudir al sistema de salud y hacer efectivo su derecho al servicio de interrupción del embarazo sin que le pongan obstáculos. Las mujeres menores de 14 años requieren del acompañamiento de un adulto responsable.

¿Las mujeres con discapacidades no pueden abortar?

Falso. Las mujeres con discapacidad física y psicológica también tienen derecho a la interrupción. Requieren del acompañamiento de un adulto responsable.

¿El feto sufre durante la terminación del embarazo?

La interrupción del embarazo se hace cuando el feto todavía está en formación, por lo que no hay sufrimiento humano como lo conocemos.

¿Hay un límite de semanas de gestación para poder abortar o interrumpir el embarazo?

No existe un límite de tiempo. Sin embargo, luego de las 12 semanas de gestación, baja su nivel de seguridad de 99,5% a 99%. Por tanto, es mejor practicar el aborto en las etapas más tempranas de la gestación.

¿La anticoncepción de emergencia es un método abortivo?

No. El anticonceptivo de emergencia, también conocido como Píldora del día después, no es un método de planificación familiar, es un método anticonceptivo que se usa dentro de las 72 horas siguientes a una relación sexual sin protección, para evitar un embarazo no deseado. Actúa antes de que se produzca la fecundación, si el óvulo ya ha sido fecundado, la anticoncepción de emergencia no es efectiva, pues no es abortiva.

Natalia Ospina Vélez
Natalia Ospina Vélez https://www.1doc3.com

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